13 de septiembre de 2026

La SCJN abre la puerta a que hermanos cuidadores disputen herencias intestadas en México

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió una resolución que podría cambiar el desenlace de futuros juicios sucesorios en México. Al resolver el Amparo en Revisión 349/2024, la Corte estableció que los jueces deben analizar las circunstancias particulares de cada familia antes de aplicar de manera automática las reglas de prelación hereditaria. El caso surgió en Puebla, donde una persona falleció sin descendientes, sin matrimonio , sin concubinato y su padre fue reconocido como heredero único por tener el grado de parentesco más próximo.

La hermana de la persona fallecida impugnó la decisión. Argumentó que también tenía derecho a participar en la herencia porque había sido la cuidadora de su hermano durante años, un rol que consideró incompatible con su exclusión total de la sucesión. Cuestionó la constitucionalidad de los artículos 3326 y 3348 del Código Civil de Puebla, que otorgan preferencia a los ascendientes sobre los colaterales. La SCJN no declaró esas normas inconstitucionales ni eliminó la prioridad de los padres sobre los hermanos en la sucesión, pero sí dictaminó que esa prioridad no puede aplicarse de forma automática sin considerar la realidad familiar.

La clave del fallo está en el artículo 4 de la Constitución, que protege a la familia. La Corte señaló que esa protección exige reconocer la diversidad de formas que adoptan los vínculos familiares reales, no solo los que establece el texto legal. En consecuencia, cuando un hermano o hermana demuestre haber ejercido funciones de cuidado, dependencia mutua y convivencia prolongada con la persona fallecida, el juez tiene la obligación de ponderar ese rol antes de adjudicar la herencia únicamente con base en el orden de prelación.

El fallo tiene efectos obligatorios para todos los tribunales del país que resuelvan casos similares. No modifica las leyes civiles vigentes, pero establece un nuevo estándar de interpretación: la función real de cuidado puede ser un argumento jurídicamente válido para disputar una herencia intestada. El impacto práctico afecta principalmente a quienes cuidan a familiares enfermos, adultos mayores o personas con discapacidad sin recibir remuneración, una labor que en México recae en la mayoría de los casos sobre mujeres.

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