27 de agosto de 2026

La Corte rechaza atraer recurso de padres de los 43

La Suprema Corte de Justicia de la Nación decidió este jueves no atraer el recurso que habían promovido familiares de los 43 normalistas de Ayotzinapa para exigir su reconocimiento como parte interesada en el amparo que benefició al sargento Santiago Muñoz Pilo, señalado por su presunta participación en la desaparición de los estudiantes en 2014, en Iguala, Guerrero.

El planteamiento provino originalmente del Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito, que pidió a la Corte resolver si los padres y madres de los normalistas, en su calidad de víctimas indirectas, debían haber sido escuchados antes de que se resolviera la suspensión dentro del proceso del militar. La solicitud, identificada como SEFA 222/2026, planteaba la siguiente pregunta: “En un juicio de amparo en el que se concedió la suspensión definitiva para que se celebrara una audiencia de revisión de medidas cautelares dentro de una causa penal seguida por el delito de desaparición forzada, ¿debió darse intervención a las víctimas indirectas, en calidad de terceras interesadas?”

Muñoz Pilo obtuvo esa suspensión definitiva contra el auto de formal prisión dictado en su contra por el delito de desaparición forzada, lo que le permite enfrentar el proceso penal en libertad desde junio de 2024.

El caso se suma a otro asunto que la Corte tiene pendiente de resolver: cuatro recursos de revisión extraordinaria, atraídos el pasado 7 de julio, sobre la sentencia de un tribunal colegiado que ordenó crear la Comisión de Investigación para la Verdad y Justicia del Caso Iguala.

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