La jefa de Gobierno Clara Brugada presentó el Reglamento de Tránsito y el Reglamento de la Ley de Movilidad para vehículos motorizados eléctricos. La nueva normativa establece que a partir del 1 de julio de 2026, los monopatines eléctricos y las motocicletas eléctricas de alta velocidad deberán portar placas de circulación en la Ciudad de México, regulando así un segmento del tránsito que había operado sin marcos legales claros.
La norma clasifica los vehículos eléctricos en dos grandes grupos. Los de baja velocidad (hasta 25 km/h y sin motor mayor a 250 watts), como bicicletas eléctricas, monopatines lentos y pequeños triciclos, quedarán exentos de placa y podrán circular en ciclovías. Los de alta velocidad (más de 25 km/h o con motores superiores a 250 watts), que incluyen a la gran mayoría de las motos eléctricas de reparto y los patines de mayor potencia, requerirán placa, seguro, casco y deberán circular en la vialidad, no en ciclovías ni banquetas.
El reglamento también establece rangos de velocidad y vías permitidas. En zonas escolares, la velocidad máxima para estos vehículos será de 15 km/h. En ciclovías y senderos exclusivos, el límite es de 20 km/h. Los patinetes eléctricos de alta velocidad deberán circular exclusivamente por carriles de autos y no podrán subirse a banquetas. Las infracciones serán sancionadas con multas y retiro del vehículo. El gobierno habilitará un proceso de emplacamiento masivo entre mayo y junio para facilitar el cumplimiento antes de la entrada en vigor en julio.
La medida busca ordenar un fenómeno que creció de manera acelerada en la capital. Según datos de la Secretaría de Movilidad, en la CDMX circulan actualmente más de 200 mil vehículos eléctricos de diverso tipo, la gran mayoría sin registro. El número incluye motos de plataformas de reparto como Rappi, iFood y UberEats. Las empresas de última milla tendrán un período de regularización de 60 días antes de que comiencen las sanciones.

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