5 de julio de 2026

CRT OFICIALIZA PRÓRROGA Y CALENDARIO DE REGISTRO DE LÍNEAS TELEFÓNICAS

La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), versión vespertina del 30 de junio, el Acuerdo para la Modificación de los Lineamientos para la Identificación de Líneas Móviles. El Acuerdo oficializa la prórroga al plazo de registro, según el calendario de fechas límite escalonadas publicado en días pasados; además, agrega la “prueba de vida” como requisito para el registro presencial y concentra el registro en línea a través de la Plataforma de Gestión de Líneas Telefónicas Móviles. El registro es solo para usuarios de líneas de prepago, dado que los planes de pospago están asociados a una sola persona desde el momento de su contratación.

Prórroga oficial

Ante la especulación que provocó el calendario de fechas límite escalonadas, de acuerdo al dígito final del número de teléfono, el Acuerdo publicado por la CRT en el DOF del martes 30 de junio, hace oficial la prórroga del registro hasta el 31 de diciembre de 2026. La deshabilitación de los servicios de telefonía móvil para líneas no registradas se realizará en un plazo no mayor a 72 horas después de la fecha del vencimiento, según el siguiente calendario:

  • Último dígito 0: 15 de agosto
  • Último dígito 1: 31 de agosto
  • Último dígito 2: 15 de septiembre
  • Último dígito 3: 30 de septiembre
  • Último dígito 4: 15 de octubre
  • Último dígito 5: 31 de octubre
  • Último dígito 6: 15 de noviembre
  • Último dígito 7: 30 de noviembre
  • Último dígito 8: 15 de diciembre
  • Último dígito 9: 31 de diciembre

Según el Acuerdo publicado en el DOF, las compañías proveedoras de servicios telefónicos están obligadas a notificar vía SMS dos veces por semana la obligatoriedad de la vinculación mientras no se realice el trámite. En los últimos siete días antes de la fecha límite de cada línea, las compañías deberán notificar vía SMS diariamente de la fecha de vencimiento.

Registro en línea y registro presencial

El Acuerdo de Modificación publicado por la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones, ofrece dos opciones de registro: presencial y vía remota. De acuerdo con información de El Financiero, el registro presencial requerirá una “prueba de vida”, para corroborar que la persona solicitante del trámite coincide con la persona en la identificación oficial. El Diario Oficial de la Federación no detalla el procedimiento para obtener ese requisito.

El registro vía remota se gestiona a través de la Plataforma de Gestión de Líneas Telefónicas Móviles, provista por la CRT, para agrupar en un solo sitio web las plataformas de registro de todas las compañías proveedoras de servicios de telefonía móvil. En ese sentido, la CRT confirma la declaración de que el registro no lo realiza el Gobierno de México, sino las empresas proveedoras que, una vez obtenidos datos sensibles como datos biométricos (en caso de ser solicitados), deberán destruirlos.

Se puede acceder a la Plataforma de Gestión de Líneas Telefónicas Móviles a través del siguiente enlace: https://portal.crt.gob.mx/gestion-de-lineas-telefonicas-moviles

CRT reitera obligatoriedad de registro de líneas de telefonía móvil.

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